martes, 14 de mayo de 2013

¿Quienes Deben Sufragar el Costo de los Servicios Públicos?


La respuesta a la pregunta de mi título de hoy es sencilla: todos los ciudadanos, menos los que nada tienen, y dependen del resto de la ciudadanía para sostenerse.  Descontádole a estos sus jaiberías, sus embustes y su sentido de derecho a la mano estirada, los realmente pobres son obligación de los que no lo somos, en distintos grados.

Bajo esas premisas, el asunto se reduce entonces a la pregunta, ¿quién debe pagar contribuciones, impuestos y arbitrios?  Todo el que tenga ingresos y reciba servicios del estado.  ¿Cuánto?  Conforme a mi ingreso, personal o corporativo, comercial o industrial.

Está planteado ante el País, la Legislatura y el Gobernador, ¿a quién exigirle que contribuya un poco más para el beneficio de todos?

Sabe el lector que mi criterio es que la manera más eficiente y suficiente es la de restaurar el impuesto en el origen, en los muelles, y los aeropuertos --- y en las primeras transacciones sobre lo producido en Puerto Rico, internamente.  Pero por una razón que no entiendo, porque no se ha explicado, el gobierno no quiere mirar hacia allá.  La historia nos dirá luego porqué.

Rechazado ese curso de acción, queda lo que ha propuesto el Gobernador:  un IVU extendido a transacciones de servicios, profesionales y comerciales, hasta ahora exentos, como si hubiera una diferencia de sustancia entre comprar una bolsa de hielo o comprar un celular o una computadora.  Recordando al Don Luis Muñoz Marín de 1940, “o pagan todos o no paga nadie”.  Los gritos de los hasta ahora exentos y desde ahora afectados como todo el resto del País no deben asustar a nadie:  son los privilegiados del sistema.  Y ya tienen sus portavoces legislativos.  Me temo que ya ha empezado a correr el dinero.  Los sobornadores profesionales andan sueltos, y a sus legisladores víctimas potenciales les digo:  “Remember Pearl Harbor” --- esto es, recuerden a Jorge de Castro Font y Héctor Martínez, Granados Navedo, y Misla Aldarondo, y las trampas legislativas multimillonarias de Ángel Cintrón como cabildero de la Telefónica, entre otros de un pasado reciente.

Insisto en que el Gobernador y la Legislatura deben regresar al 6.6 % o 7% anterior, pero si por alguna razón no quieren o no pueden, entonces que paguemos todos: abogados, contadores, comerciantes, gerentes, y… WalMart.  ¿WalMart?  Sí, WalMart, la explotadora, la tramposa, la rechazada por numerosos estados y naciones como la compañía más corrupta y explotadora de la Tierra.

2 comentarios:

  1. Distinguido profesor: Ni los abogados, contadores, plomeros, elecricistas y otros pagarán esa extensión del IVU a las profesiones y oficios. Y la razón es sencilla, ese impuesto se lo pasarán al consumidor final como parte del recobro de sus costos de operar. En mis comentarios en su columna anterior, menciono las razones por las que no debemos volver al arbitrio en el origen y descartar el actual IVU. El impuesto indirecto más eficiente es el impuesto al valor agregado (IVA). Se usa en más de 130 países en el mundo. Inclusive se han hecho propuestas para imponer un IVA nacional en Estados Unidos. Y usted sabe cual es la razón principal por la que los republicanos se oponen: pues sencilla, admiten que este sería un impuesto que recaudaría trillones de dólares y entonces los demócratas usarían esa avalancha de fondos para crear un estado benefactor. El IVA se aplica tanto a la venta de mercancía, en la manufactura, en la prestación de servicios. El siguiente enlace presenta una explicación detallada de como funciona el IVA, en este caso en Guatemala.
    http://www.youtube.com/watch?v=BXgQZNYJk-4

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  2. El IVA tiene lo mejor de dos mundos. En el IVA se paga el impuesto de entrada cuando la mercancía entra en la cadena de distribución bien sea por importación o por producción local. Y la ventaja es que no se necesita un ejército de inspectores para fiscalizar su cumplimiento como en el arbitrio de importación. En el IVA los propios participantes en la cadena de distribución se van fiscalizando mutuamente mientras los comerciantes van tomando los créditos fiscales que adquieren cuando compran mercancía al comerciante anterior, e incurren en débitos fiscales cuando venden la mercancía al próximo participante en la cadena de distribución. Si los débitos fiscales durante el mes son mayores que los créditos fiscales, remiten la diferencia al fisco. Si los créditos fiscales son mayores que los debitos fiscales trasladan esos créditos al próximo mes. Y esto también aplica a los servicios si se decidiera incluir los servicios en el pago del IVA.

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